Respuesta corta: no te retienen un porcentaje mayor por ser paga extra. Tu empresa aplica el mismo tipo de IRPF a todas las nóminas del año, porque se calcula sobre lo que vas a ganar en todo el año. Lo que ocurre es que en diciembre se juntan sueldo y paga, el IRPF se duplica en euros y, a veces, coincide con una regularización que sí sube el tipo.
De hecho, en porcentaje la paga extra «pierde» menos que una nómina normal, porque no lleva cotización a la Seguridad Social. Vamos por partes.
El tipo de retención es anual
El reglamento del IRPF (arts. 80-89) obliga a la empresa a calcular un único tipo de retención con el total de retribuciones previstas en el año: sueldo, pagas extra, complementos fijos. A ese total le resta tus cotizaciones, 2.000 € de gastos, la reducción por rendimientos del trabajo y tu mínimo personal y familiar, y aplica la escala de retención (del 19 % al 47 %). El resultado, dividido entre tus retribuciones, es tu tipo: un porcentaje que se aplica igual en enero que en la paga de Navidad.
| Paso (1.800 € × 14 pagas) | Importe |
|---|---|
| Retribuciones anuales | 25.200 € |
| − Cotizaciones a la Seguridad Social | −1.638 € |
| − Otros gastos | −2.000 € |
| = Base para calcular el tipo | 21.562 € |
| Cuota (escala − mínimo personal de 5.550 €) | 3.580 € |
| Tipo de retención | 14,20 % |
Por eso el porcentaje que ves en tu paga extra es el mismo que en noviembre. Lo que cambia es la cantidad: en diciembre se retiene el 14,20 % de 3.600 € (sueldo + paga), 511 € en lugar de 256 €.
Por qué parece que te retienen más en diciembre
La sensación de «me han quitado mucho» suele venir de comparar euros y no porcentajes. Mira qué parte del bruto se queda por el camino en cada caso con un sueldo de 1.800 € en 14 pagas:
La paga extra es, en porcentaje, la nómina que menos descuentos lleva del año. Otra cosa es que en diciembre se acumulen otros conceptos que sí cambian el cálculo:
- Regularización por subida de sueldo: si te suben el sueldo o cobras atrasos de convenio en otoño, la empresa recalcula el tipo para el resto del año (art. 87 del reglamento) y lo aplica a las pocas nóminas que quedan, paga incluida.
- Variable o bonus pagado en diciembre: suma a las retribuciones anuales y suele obligar a regularizar.
- Cambios familiares comunicados tarde (modelo 145), o un contrato que era temporal y pasa a indefinido.
- Retención voluntaria: si en su día pediste un tipo más alto, se aplica también a la paga.
Ejemplo de regularización: Javier y su subida de octubre
Javier cobraba 2.000 € brutos en 14 pagas (28.000 € al año, tipo del 15,58 %). En octubre le suben a 2.300 €. Hasta septiembre ha cobrado 20.000 € (nueve nóminas y la paga de verano) y le han retenido 3.116 €.
Con la subida, sus retribuciones de 2026 pasan a 29.200 € y el impuesto anual que corresponde a esa cifra es de 4.702 €. La empresa reparte la diferencia entre lo que queda por pagar (octubre, noviembre, diciembre y la paga de Navidad, 9.200 €): el nuevo tipo es del 17,23 %, frente al 16,10 % que tendría si hubiera cobrado 2.300 € desde enero.
Esa diferencia es la que hace que la paga de Navidad de Javier «pierda» más que la de verano. No es un castigo: está adelantando el IRPF que le corresponde por la subida, y en la declaración de la renta todo se ajusta.
¿Puedo pedir que me retengan menos?
No puedes pedir un tipo inferior al que resulta del cálculo legal, pero sí uno superior (modelo 145), por ejemplo para no pagar en la renta. Lo que sí debes hacer es comunicar a la empresa cualquier dato que baje tu retención: nacimiento de un hijo, discapacidad, pensión compensatoria al excónyuge o préstamo de vivienda habitual anterior a 2013. Si has tenido dos pagadores en el año, recuerda que el segundo no conoce lo que cobraste con el primero: ahí sí puede faltar retención y salir a pagar en la renta.
Preguntas frecuentes
¿Por qué me retienen más IRPF en la paga extra?
En porcentaje no te retienen más: el tipo es anual y se aplica igual a todas las nóminas. En euros, diciembre lleva el doble de IRPF porque se suman sueldo y paga, y puede coincidir con una regularización por subida de sueldo o bonus.
¿La paga extra cotiza a la Seguridad Social?
Cotiza prorrateada: la base de cada mes incluye la sexta parte de una paga, así que en el mes en que se cobra no hay cotización adicional.
¿Qué tipo de IRPF tiene la paga extra con 1.800 € brutos?
El mismo que el resto de nóminas: un 14,20 % en 2026 para un contribuyente sin hijos con 1.800 € brutos en 14 pagas.
¿Qué es la regularización del IRPF?
El recálculo del tipo de retención cuando cambian tus ingresos o tu situación durante el año. Se aplica a las nóminas que quedan, por eso a veces se nota en diciembre.
¿Puedo pedir que no me retengan IRPF en la paga extra?
No. Solo puedes pedir un tipo superior al legal. Sí conviene comunicar con el modelo 145 cualquier cambio familiar que reduzca la retención.
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Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores, art. 31: dos gratificaciones extraordinarias al año, una en Navidad y otra en el mes que fije el convenio; su cuantía la fija el convenio y puede acordarse su prorrateo en doce mensualidades.
- Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero (BOE 19-02-2026): SMI 2026 de 1.221 €/mes en 14 pagas (17.094 €/año), con efectos desde el 1 de enero.
- LGSS (RDLeg 8/2015), art. 147, y Orden PJC/297/2026 (BOE 31-03-2026): la base de cotización mensual incluye la parte proporcional de las pagas extra; cotización del trabajador 2026: 4,70 % + 1,55 % desempleo (indefinido) + 0,10 % FP + 0,15 % MEI = 6,50 %. Base máxima 5.101,20 €/mes.
- Agencia Tributaria, «Algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026» (arts. 80-89 RIRPF): escala de retención 19-47 %, mínimo personal 5.550 €, gastos 2.000 €, reducción por rendimientos del trabajo, límite excluyente de 15.876 € y límite del 43 %. El tipo es anual y se aplica a todos los pagos del año.
- Real Decreto-ley 5/2026 (convalidado el 18-03-2026): deducción en la renta 2026 de hasta 590,89 € para salarios hasta el SMI, decreciente hasta 20.048,45 €; no modifica las retenciones de la nómina.