Con el salario mínimo de 2026, la paga extra de Navidad es de 1.221 € brutos (el SMI se fija en 14 pagas de 1.221 €, 17.094 € al año). En neto quedan unos 1.184 €, porque la nómina lleva una retención de IRPF del 3,06 % que, gracias a la nueva deducción, deberías recuperar en la renta.
En diciembre, sueldo y paga suman unos 2.275 € netos. Si tienes las pagas prorrateadas, tu nómina mínima a jornada completa es de 1.424,50 € brutos al mes.
El SMI 2026 y sus dos pagas
El Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero (BOE del 19), fija el salario mínimo interprofesional en 40,70 € al día o 1.221 € al mes, en 14 pagas, con efectos desde el 1 de enero de 2026. El SMI se entiende referido a la jornada legal completa; a tiempo parcial se cobra en proporción.
| Modalidad | Mensual bruto | Pagas extra | Anual |
|---|---|---|---|
| 14 pagas | 1.221 € | 2 × 1.221 € | 17.094 € |
| 12 pagas (prorrata) | 1.424,50 € | incluidas | 17.094 € |
| Media jornada (50 %) | 610,50 € | 2 × 610,50 € | 8.547 € |
Importante: la empresa puede compensar el SMI con otros complementos salariales, pero en cómputo anual nunca puedes cobrar menos de 17.094 € a jornada completa. Si tu convenio fija salarios inferiores, prevalece el SMI.
Del bruto al neto: nómina y paga extra con el SMI
| Mes normal | Paga extra | Diciembre | |
|---|---|---|---|
| Bruto | 1.221,00 € | 1.221,00 € | 2.442,00 € |
| Seguridad Social (6,50 % de 1.424,50 €) | −92,59 € | 0,00 € | −92,59 € |
| IRPF (3,06 %) | −37,36 € | −37,36 € | −74,73 € |
| Neto | 1.091,04 € | 1.183,64 € | 2.274,68 € |
La base de cotización mensual con el SMI es 1.424,50 € (1.221 € + la prorrata de las pagas), unos céntimos por encima de la base mínima de 2026 (1.424,40 €).
¿Por qué me retienen IRPF si cobro el salario mínimo?
Porque las tablas de retención de 2026 no se han cambiado para el nuevo SMI. El algoritmo de la Agencia Tributaria no retiene nada hasta 15.876 € al año (contribuyente sin hijos) y, por encima, limita la retención al 43 % del exceso: (17.094 − 15.876) × 43 % = 523,08 € al año, un 3,06 %. Eso son unos 37,36 € en cada una de las 14 nóminas, paga extra incluida.
La buena noticia es que el Real Decreto-ley 5/2026 creó una deducción de hasta 590,89 € en la renta de 2026 para salarios de hasta 17.094 €, que se reduce progresivamente hasta desaparecer en 20.048,45 €. En la declaración de 2027 tu cuota quedaría en 0 € y te devolverían lo retenido, siempre que no tengas otras rentas relevantes.
Si empezaste a trabajar este año o trabajas a tiempo parcial
La paga se calcula en proporción. A media jornada, la paga con el SMI es de 610,50 € brutos; con ingresos anuales por debajo de 15.876 € no hay retención de IRPF, así que la paga neta es igual a la bruta. Si entraste a trabajar a mitad de año, aplica la fórmula de la paga extra proporcional: por ejemplo, con alta el 1 de julio y devengo anual, 1.221 € × 184 ÷ 365 = 615,52 €.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la paga extra con el salario mínimo en 2026?
1.221 € brutos a jornada completa, porque el SMI se fija en 14 pagas. En neto quedan unos 1.184 € tras la retención de IRPF del 3,06 %.
¿Cuánto es el SMI 2026 en 12 pagas?
1.424,50 € brutos al mes (17.094 € ÷ 12), con las pagas extra prorrateadas.
¿Por qué me retienen IRPF con el salario mínimo?
Porque las tablas de retención no se han adaptado: el algoritmo retiene hasta el 43 % de lo que superes 15.876 €. Con la deducción del RDL 5/2026 lo recuperarás en la renta de 2026.
¿La paga extra del SMI cotiza a la Seguridad Social?
Va prorrateada en la base mensual (1.424,50 €), así que en el mes de la paga no hay cotización adicional.
¿Puede mi convenio pagar pagas extra más bajas que el SMI?
No en cómputo anual: a jornada completa debes cobrar al menos 17.094 € al año sumando sueldo y pagas.
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Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores, art. 31: dos gratificaciones extraordinarias al año, una en Navidad y otra en el mes que fije el convenio; su cuantía la fija el convenio y puede acordarse su prorrateo en doce mensualidades.
- Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero (BOE 19-02-2026): SMI 2026 de 1.221 €/mes en 14 pagas (17.094 €/año), con efectos desde el 1 de enero.
- LGSS (RDLeg 8/2015), art. 147, y Orden PJC/297/2026 (BOE 31-03-2026): la base de cotización mensual incluye la parte proporcional de las pagas extra; cotización del trabajador 2026: 4,70 % + 1,55 % desempleo (indefinido) + 0,10 % FP + 0,15 % MEI = 6,50 %. Base máxima 5.101,20 €/mes.
- Agencia Tributaria, «Algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026» (arts. 80-89 RIRPF): escala de retención 19-47 %, mínimo personal 5.550 €, gastos 2.000 €, reducción por rendimientos del trabajo, límite excluyente de 15.876 € y límite del 43 %. El tipo es anual y se aplica a todos los pagos del año.
- Real Decreto-ley 5/2026 (convalidado el 18-03-2026): deducción en la renta 2026 de hasta 590,89 € para salarios hasta el SMI, decreciente hasta 20.048,45 €; no modifica las retenciones de la nómina.